La “Quinta Enmienda” – El cine en nuestras salas de juicio

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La “Quinta Enmienda” – El cine en nuestras salas de juicio

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Publicado de Hita Abogados · 26 Septiembre 2020
Más de un juez español reconoce haber escuchado al investigado decir eso de “me acojo a la quinta enmienda”, para negarse a declarar. Una fórmula con la que se invoca el derecho a no autoincriminarse en Estados Unidos y que en nuestro sistema se traduce en el derecho a guardar silencio del acusado, la expresión es ajena a nuestra jerga legal, y casi parece un chiste cuando se pronuncia en una sala.

Parece que hay cierta inclinación a acogerse a las enmiendas americanas, incluso cuando no se sabe exactamente a qué derecho se refieren. Como la anécdota en la que, tras informar al investigado de que la segunda enmienda se refiere al derecho que tienen los norteamericanos a portar armas, este contestó: “ah, entonces a esa no, a otra”.

“Protesto, señoría” – No se admite. “Protesto enérgicamente” – ¡Ah, bueno! Si es enérgicamente entonces se reconsiderará. El diálogo, en tono irónico, es de la película “Algunos hombres buenos” y refleja la vehemencia con la que se conducen los abogados americanos para interrumpir o impugnar preguntas a los testigos. En España la protesta se utiliza generalmente cuando se deniega una prueba en la vista oral o audiencia previa y es necesaria para que sea tenida en cuenta en las siguientes instancias. Sin embargo, en no pocas ocasiones los jueces tienen que recordar a alguna de las partes que no están en una película de Hollywood y que aquí no vale lo de “¡protesto!”.

Es de sobra conocido el juramento que se solicita a los testigos en las películas americanas. Se les pide que digan “la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad” mientras posan una mano sobre la Biblia y levantan la derecha. En España, en cambio, no están obligados a jurar (el juez les da la opción de prometer), aunque tienen que decir la verdad si no quieren ser castigados por falso testimonio. En cambio, los acusados pueden mentir puesto que se les reconoce el derecho a no confesarse culpables.

En una ocasión un investigado le pidió a la jueza unos Evangelios para declarar… esta le comentó que solo tenía a mano códigos, principalmente el penal, que era el más apropiado para ese momento. Además, le explicó que no era necesario y que, por otro lado, no debía jurar decir la verdad sino que podía acogerse a su derecho a no declarar. El hombre se limitó a decir que iba a “decir la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad”. Ella terminó la frase: “¿Con la ayuda de Dios?”. “Él mismo”, respondió el imputado.

Las películas pueden confundir acerca del funcionamiento de los juzgados, sin embargo en algo coinciden: lo que acontece en los pasillos, entre abogados, es en ocasiones más importante que la sala misma.

EN HITA ABOGADOS NO NOS MONTAMOS PELICULAS, TRABAJAMOS POR Y PARA TI CON NUESTRA EXPERIENCIA EN LOS JUZGADOS ESPAÑOLES


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